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    Viceministerio del Consumidor puede utilizar fuerza pública en Bolivia

    Actualizado a las 08/06/2015 - 10:37
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    LA PAZ, 7 jun (Xinhua) -- El Viceministerio de Defensa del Usuario y del Consumidor de Bolivia tiene la potestad de utilizar la fuerza pública para hacer cumplir el reglamento de la Ley 453 de Defensa del Consumidor, afirmó el viceministro Dante Justiniano.

    El también abogado explicó a Xinhua que de acuerdo con el reglamento de la norma aprobado en septiembre de 2014, todo ciudadano puede recurrir a esta autoridad cuando considere que algún proveedor de servicios ha vulnerado sus derechos.

    La norma, surgida el 4 de diciembre de 2013, está basada en el artículo 75 constitucional que establece como derecho fundamental la defensa de los derechos del consumidor.

    En 2014, las denuncias sobre abusos de proveedores se incrementaron respecto a 2013, según la autoridad.

    El funcionario del Viceministerio perteneciente al Ministerio de Justicia de Bolivia afirmó que la reglamentación establece sanciones para la publicidad "falsa o enga?osa" difundida en medios de comunicación.

    "Estamos haciendo un reglamento específico para (las) fiestas de fin de a?o, pues muchos comerciantes y empresarios se dan a la tarea de falsear en las publicidades con tal de vender", dijo Justiniano.

    Puso como ejemplo el anuncio de algunas agencias de turistas que ofrecen paquetes completos en dólares para viajes a determinada región con comidas, bebidas, visitas, conciertos y otros servicios incluidos.

    Dijo que hay ocasiones en que la gente no puede disfrutar de todo lo que se le ha ofrecido por "enga?o total" de la publicidad, lo que debe sancionarse.

    El propietario de la compa?ía promotora debe devolve en estos casos el dinero, así como pagar da?os y perjuicios.

    Justiniano manifestó que otro tipo de publicidad "enga?osa" en medios, es la de medicamentos o equipos para adelgazar en semanas.

    "Necesariamente debe existir el ejercicio de uno de los derechos que es el derecho a la reclamación", indicó.

    Expuso que como Ministerio se verifican de oficio con "fines de control", las instalaciones de los proveedores del producto o servicios, tanto públicos como privados.

    El viceministro admitió que la ciudadanía aún no tiene pleno conocimiento de la norma y por lo tanto no acude a reclamar cuando considera que fue enga?ada.

    De acuerdo con el artículo 55 de Ley de Defensa del Consumidor, el Viceministerio tiene la facultad de sancionar económicamente o aplicar medidas precautorias.

    Todo ciudadano puede recurrir a dicha autoridad para reclamar la devolución de lo pagado por un bien o servicio, cuando el proveedor público o privado no cumplió con lo ofrecido.

    La norma contempla el decomiso temporal del producto, el retiro temporal de la publicidad y la suspensión del establecimiento, para asegurar el cumplimiento del servicio y otorgar garantías al consumidor.

    La norma establece como medidas precautorias la prohibición temporal de la producción, distribución, comercialización o suministro del producto o servicio.

    De acuerdo con su artículo 62, el Viceministerio de Defensa del Consumidor puede imponer formas de restauración como la moral, consistente en una disculpa formal o pública, así como una amonestación y la reparación del producto.

    Cuando la reparación no sea posible, deberá devolverse al consumidor el monto pagado y los intereses generados, como lo establece el artículo 52 de la norma.

    Por su parte, el legisladora oficialistas del Movimiento Al Socialismo (MAS), René Joaquino Cabrera, se?aló que una de las "falencias" es la falta de difusión de las medidas legales para que la ciudadanía tenga conocimiento.

    Consideró urgente trabajar en estrategias de comunicación para dar a conocer las leyes y sus reglamentos, "porque la gente no logra conocer el contenido de las leyes y en qué los beneficia".

    A su vez, el también legislador oficialista Javier Zabaleta consideró que es deber del gobierno preocuparse por difundir las leyes.

    Dijo que si bien se elaboran leyes en el Congreso, el tiempo que muchas veces tardan las reglamentaciones hace que la norma "pase al olvido".

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