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    Futuro de ONG en Bolivia dependerá de fallo de Tribunal Constitucional

    Actualizado a las 17/08/2015 - 09:05
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    LA PAZ, 16 ago (Xinhua) -- Las organizaciones no gubernamentales (ONG) en Boliva podrán perder su personalidad jurídica, en caso de que el Tribunal Constitucional (TC) falle contra un recurso de inconstitucionalidad, afirmó hoy el funcionario Javier Zú?iga.

    El jefe jurídico del Ministerio de Autonomías explicó que una ONG perderá su carácter legal, si el TC falla en favor de dos artículos constitucionales (Ley 351 y decreto reglamentario 1597).

    Explicó que una organización civil del tipo perderá su personalidad ante la ley en caso de dedicarse a "generar inestabilidad con acciones políticas", ya que ese objetivo no fue establecido en sus estatutos.

    En ese caso, el gobierno boliviano asumirá el control de ONG, fundaciones y organizaciones sin fines de lucro.

    En 2013, el gobierno apeló a la norma para expulsar del país a la ONG "Ibis" de Dinamarca, sin especificar las razones.

    En noviembre de 2014, el Defensor del Pueblo de Bolivia, Rolando Villena, presentó un recurso de "inconstitucionalidad" a la norma sobre Otorgación de Personalidades Jurídicas promulgada el 19 de marzo de 2013 por el presidente boliviano Evo Morales.

    A su vez, la directora de la Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (UNITAS), Susana Eróstegui, se?aló que el gobierno lo que busca es controlar a este tipo de organizaciones, con lo que violará el principio de "libre asociación".

    La dirigente de la ONG que aglutina a 26 organizaciones indicó que el TC ya debió pronunciarse sobre el tema, incluso, ya se pasó del plazo establecido.

    Eróstegui precisó que el gobierno busca argumentos para revocar la personería de las entidades colectivas "que no sean de su agrado".

    La ley establece, además, que el Estado tome el control de los activos de este tipo de agrupaciones, "35 días después" de anunciada su disolución.

    La activista cuestionó también que la norma sea "ambigua" al facultar a la Asamblea Legislativa (Congreso) Plurinacional solicitar la revocatoria jurídica en caso de "necesidad o interés público".

    "Es un concepto ambiguo que pueda ser usado por el gobierno contra entidades críticas", dijo Aróstegui.

    Sostuvo que ello "contraviene" la Constitución de Bolivia que garantiza la libre asociación.

    Una resolución contraria al recurso presentado por el Defensor del Pueblo, otorgará en forma automática la potestad al Ministerio de Autonomías para entregar y revocar la personalidad jurídica de las ONG.

    Por su parte, el jefe jurídico del Ministerio de Autonomías, Javier Zú?iga, aclaró que este tipo de agrupaciones civiles y fundaciones no deben preocuparse si cumplen con los estatutos para los que fueron creadas.

    En tanto, el presidente del Colegio de Politólogos de La Paz, Ludwin Valverde, consideró que la decisión del TC determinará el futuro y control de las asociaciones civiles por parte del gobierno.

    Dijo que lo sensato es esperar un fallo que respete la Constitución, es decir, en favor de la autonomía y sobrevivencia de las ONG.

    Zú?iga detalló que se han especificado siete causales para la revocatoria jurídica, todas relacionadas con el incumplimiento a la Ley 351.

    Una causal será por "necesidad" o "interés público", lo cual será determinado por la Asamblea Legislativa con el argumento de que no cumple con sus objetivos.

    "Las ONG o fundaciones no deben realizar actividades distintas o dedicarse a otro rubro que no sea el indicado en su estatuto (de creación", sostuvo Zú?iga.

    Un cuarto elemento de revocación es por comercialización, ya que sus integrantes no pueden cumplir un "fin lucrativo".

    Otra causal será por "sentencia penal ejecutoriada", es decir, cuando una instancia judicial competente declare la realización de actividades atentatorias contra la seguridad o el orden públicos.

    Las agrupaciones del tipo perderán su estatus legal cuando cometan hechos ilícitos en el ejercicio de sus funciones, valiéndose de su condición.

    Perderán también su legalidad cuando no desarrollen ninguna actividad para la que fueron creadas en un período de cinco a?os.

    Si el TC falla en contra del recurso de "inconstitucionalidad", las fundaciones y ONG perderán su caracter legal cuando no cumplan con las políticas sectoriales fijadas por el ministerio del área.

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